La empresa, vista desde la teoría de los stakeholders (IV)

Dentro de la saga sobre las concepciones de la empresa a lo largo del siglo pasado, que he ido desarrollan do (m uy brevemente) en las trres entradas anteriores, llegamos a la teoría de los stakeholders, que constituye el núcleo de mi análisis. Expliqué los problemas que se plantean en la creación de valor para todos los stakeholders, y ahora debe prestar atención a otro problema: si la empresa debe gestionarse para crear valor para todos sus stakeholders, ¿cómo se reparte ese valor? Pregunta muy relevante, porque condicionará los procesos de información, decisión e implementación.

De nuevo podemos considerar las tres vías mencionadas antes. En  un mercado competitivo, con información simétrica y perfecta, sin externalidades ni bienes públicos, etc., el valor creado se reparte de acuerdo con la participación de cada uno en el proceso de creación de valor. No hay rentas (remuneraciones superiores a la contribución del factor por ejercicio de un poder de mercado, o por barreras a la competencia, etc.). No hay beneficios extraordinarios, más que, en todo caso, de manera transitoria y como un medio para favorecer la innovación y las mejoras de productividad. Si el marco legal es justo y no hay conductas inmorales, los problemas éticos no se presentan, salvo quizás los relacionados con la distribución inicial de la renta. Pero, en todo caso, se trata de problemas éticos del sistema, más que de cada empresa concreta.

Claro que las condiciones mencionadas no se cumplen nunca: la fábrica contamina y crea costes que inciden sobre terceros; el directivo que conoce bien a los clientes puede apropiarse parte de los ingresos procedentes de ellos, a costa de los accionistas; la empresa está protegida por barreras a la competencia que le permiten cargar precios más altos… La solución tradicional a estas objeciones es el recurso a la regulación y la intervención estatal, que incide también sobre la eficiencia y sobre la justicia. Y hay también mecanismos de diálogo, negociación y solución de conflictos, a través, por ejemplo, de la negociación colectiva con los trabajadores, o de las asociaciones empresariales con las empresas del sector.

¿Qué aporta la teoría de los stakeholders al problema del reparto del valor creado para todos? Fundamentalmente, dos cosas. La primera son mecanismos de información, diálogo y colaboración de la empresa con sus stakeholders, que se espera que faciliten el acuerdo y la solución de los conflictos, conflictos que se presentarán necesariamente, porque cada stakeholder tiene sus propios intereses y, a menudo, la misma oportunidad de tener un diálogo se puede interpretar como una oportunidad de presentar una reivindicación. Es probable que si el valor creado crece de manera sostenida y si hay un equilibrio estable entre los intereses de los distintos stakeholders, el reparto del valor no planteará especiales dificultades (aunque puede presentar otros problemas: por ejemplo, la confabulación de stakeholders poderosos para excluir a otros más débiles en el reparto del valor creado). Pero cuando el crecimiento se detiene o el equilibrio de poderes se rompe, puede estallar el conflicto. Como dije en un working paper de 2011, “en la medida en que el reparto de valor sea el resultado del enfrentamiento entre poderes de negociación relativos, las actitudes de los stakeholders pueden oscilar entre: 1) la aceptación, más o menos resignada, de la situación actual, cuando no se crean rentas ni podrán crearse en el futuro próximo; 2) el mantenimiento del statu quo para seguir capturando las rentas que ya se capturan, y 3) la confrontación para crear y captar rentas que ahora no se pueden apropiar, o para evitar que lo hagan otros stakeholders.” Desde este punto de vista, la teoría de stakeholders ofrece nuevas posibilidades de diálogo, pero su eficacia no está probada. Suspendo aquí mi análisis, en espera de otra mejor ocasión.

Los Comentarios de la Cátedra son breves artículos que desarrollan, sin grandes pretensiones académicas, algún tema de interés y actualidad sobre Responsabilidad Social de las Empresas.

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