{"id":4739,"date":"2013-08-14T12:00:33","date_gmt":"2013-08-14T11:00:33","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/?p=4739"},"modified":"2013-08-16T10:07:43","modified_gmt":"2013-08-16T09:07:43","slug":"la-legitimidad-del-estado-del-bienestar-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/2013\/08\/14\/la-legitimidad-del-estado-del-bienestar-ii\/","title":{"rendered":"La legitimidad del estado del bienestar (II)"},"content":{"rendered":"<p>En una entrada anterior con este mismo t\u00edtulo hac\u00eda algunas consideraciones acerca de la puesta en pr\u00e1ctica del <strong>Estado del bienestar<\/strong>, dentro de un debate que tiene ya decenios, si no siglos, de antig\u00fcedad, y que se repetir\u00e1 en los pr\u00f3ximos a\u00f1os, quiz\u00e1s tambi\u00e9n siglos. Expliqu\u00e9 all\u00ed que el <strong>Estado del bienestar<\/strong> se entiende desde dos posiciones extremas y muchas intermedias. Las extremas vienen dadas por la negaci\u00f3n de todo bienestar proporcionado por el Estado (los impuestos son un robo, el que no trabaja es un vago, si hace falta ayudar, que lo hagan las personas voluntariamente, pero no el <strong>Estado<\/strong>) y por la consideraci\u00f3n de que todos los medios de vida deben venir dados por el Estado.<\/p>\n<p>Y mencion\u00e9 all\u00ed un par de posiciones intermedias, no sostenibles, que dan lugar a sucesivas etapas de ampliaci\u00f3n de los <strong>derechos sociales<\/strong> y <strong>redistribuci\u00f3n<\/strong>, de un lado,\u00a0y de limitaci\u00f3n de esos derechos con argumentos de <strong>eficiencia<\/strong> (y de <strong>justicia<\/strong>)\u00a0de otro. El problema es m\u00e1s complejo, porque no toda redistribuci\u00f3n en favor de los de rentas bajas reduce la eficiencia, ni toda redistribuci\u00f3n en favor de las rentas altas la aumenta (y de esto hablar\u00e9 otro d\u00eda).<\/p>\n<p>Lo que quiero comentar hoy enlaza con el argumento que acabo de\u00a0mencionar. El Estado del bienestar puede entenderse como un sistema de <strong>seguro colectivo<\/strong>. Supongamos un pueblo de 100 viviendas\u00a0en el que los habitantes construyen sus casas con madera, con indudable riesgo de incendio. Supongamos tambi\u00e9n que las casas valen 1.000 cada una y que la experiencia dice que cada a\u00f1o se incendian 10 casas. Una compa\u00f1\u00eda\u00a0de seguros privada cobrar\u00eda una prima de 100 euros por casa, para\u00a0garantizar la reposici\u00f3n de la vivienda en caso de incendio.\u00a0Ahora bien, si el seguro es voluntario, puede ocurrir que algunos vecinos consideren que la prima es demasiado cara, y no quieran contratar el seguro. Esto puede\u00a0presentar dos problemas: si se quema\u00a0una casa no asegurada, \u00bfse quedar\u00e1n impasibles los vecinos protegidos, ante la miseria del imprevisor que no contrat\u00f3 el seguro? Y, si se quema la casa no asegurada, \u00bfno crear\u00e1\u00a0esto un <strong>riesgo<\/strong> adicional para la vivienda asegurada?<\/p>\n<p>La consecuencia de lo anterior es que el ayuntamiento puede decidir que al seguro sea <strong>obligatorio<\/strong> para todas las viviendas. O puede convertir\u00a0el tema en un derecho de todos los\u00a0vecinos: a cambio de un impuesto de 100 por casa, el ayuntamiento mismo garantiza la reconstrucci\u00f3n de las casas que se quemen. Esto\u00a0forma ya parte del Estado del bienestar, pero no deja de ser un seguro, equivalente en casi todo al seguro privado de incendio. Digo en casi todo, porque\u00a0los vecinos cuya casa se queme pueden pedir al ayuntamiento que pague algo m\u00e1s de 1.000,\u00a0quiz\u00e1s para cambiar de coche o comprar\u00a0un televisor mejor. Y como la prima de incendios\u00a0va incluida en todos los impuestos que pagan los vecinos, es f\u00e1cil que el Estado del bienestar se\u00a0vaya ampliando, cosa que es m\u00e1s\u00a0dif\u00edcil que ocurra si el seguro es privado, porque la compa\u00f1\u00eda tendr\u00e1 que\u00a0financiar sus mayores gastos con primas m\u00e1s elevadas de\u00a0todos los vecinos.<\/p>\n<p>Me parece\u00a0que la idea de\u00a0que el Estado del bienestar es un sistema de seguro para la cobertura de <strong>necesidades extraordinarias<\/strong> que no pueden cubrirse por el <strong>ahorro\u00a0<\/strong>ordinario de las familias o por un sistema privado de seguros es la mejor justificaci\u00f3n de ese Estado del bienestar. Como he explicado otras veces, las aspirinas deber\u00eda pagarlas la familia, porque es una contingencia normal, previsible y que no arruina a nadie; en cambio,\u00a0un trasplante de coraz\u00f3n no cabe en el ahorro ordinario de casi ninguna familia, de modo que es l\u00f3gico que\u00a0los servicios nacionales\u00a0de salud se hagan cargo del mismo. Y hace falta un <strong>seguro de desempleo<\/strong> p\u00fablico, obligatorio para todos y gestionado como un servicio estatal.<\/p>\n<p>Me quedan por sacar algunas moralejas de todo\u00a0lo anterior, pero estoy cansando a mi lector y las dejo para otro d\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una entrada anterior con este mismo t\u00edtulo hac\u00eda algunas consideraciones acerca de la puesta en pr\u00e1ctica del Estado del bienestar, dentro de un debate que tiene ya decenios, si no siglos, de antig\u00fcedad, y que se repetir\u00e1 en los pr\u00f3ximos a\u00f1os, quiz\u00e1s tambi\u00e9n siglos. Expliqu\u00e9 all\u00ed que el Estado del bienestar se entiende desde [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":172,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11722],"tags":[38471,26189,67725],"class_list":["post-4739","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia","tag-estado-del-bienestar","tag-seguridad-social","tag-seguro"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4739","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/users\/172"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4739"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4739\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4762,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4739\/revisions\/4762"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4739"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4739"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4739"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}