{"id":5364,"date":"2014-06-28T11:58:38","date_gmt":"2014-06-28T10:58:38","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/?p=5364"},"modified":"2014-06-22T17:58:58","modified_gmt":"2014-06-22T16:58:58","slug":"sobre-deudores-y-acreedores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/2014\/06\/28\/sobre-deudores-y-acreedores\/","title":{"rendered":"Sobre deudores y acreedores"},"content":{"rendered":"<p>En un blog anterior discut\u00ed <strong>\u00abla eutanasia del rentista\u00bb,<\/strong> es decir, la soluci\u00f3n, frecuente en momentos de exceso de deuda (p\u00fablica o privada), de <strong>mantener los tipos de inter\u00e9s muy bajos durante un largo periodo de tiempo, lo que facilita la absorci\u00f3n de la deuda<\/strong>, a costa, eso s\u00ed, de la salud financiera de los ahorradores. Pero acab\u00e9 aquella entrada diciendo que mi comentario necesitaba una segunda vuelta. Este pensamiento me vino dado por la lectura de un Working Paper de la <strong>The Caritas in Veritate Foundation<\/strong> titulado<strong> \u00abBeyond the Financial Crisis. Towards a Christian Perspective for Action\u00bb,<\/strong> del que son autores <strong>Paul H. Dembinski y Simona Beretta<\/strong>. Por cierto, recomiendo vivamente al lector la lectura de ese Working Paper, que me parece un excelente an\u00e1lisis de las causas profundas de la crisis actual, yendo al fondo de la cuesti\u00f3n:<strong> la antropolog\u00eda que subyace en la interpretaci\u00f3n econ\u00f3mica de la crisis actual<\/strong>.<\/p>\n<p>El comentario que quer\u00eda hacer se refiere a <strong>la relaci\u00f3n contractual entre deudores y acreedores<\/strong>. No es, directamente, el tema de mi entrada anterior, en el que me refer\u00eda a la relaci\u00f3n remota entre el que ha gastado menos de lo que ha ingresado y, por tanto, pone esos fondos a disposici\u00f3n del que necesita o desea gastar m\u00e1s de lo que invierta, para, por ejemplo, comprar una casa o llevar a cabo una inversi\u00f3n productiva. Lo que Dembinski y Beretta comentan forma parte de una etapa posterior a aquella relaci\u00f3n, en la que <strong>el intermediario financiero negocia un contrato de pr\u00e9stamo o cr\u00e9dito con el que recibe los fondos<\/strong>. Ellos se\u00f1alan que esa es una relaci\u00f3n peculiar y compleja, presidida por <strong>una asimetr\u00eda en la distribuci\u00f3n del riesgo<\/strong>.<\/p>\n<p>En efecto, <strong>el que presta asume el riesgo de que el deudor no devuelva el dinero, pero el deudor asume los riesgos relacionados con el resultado de su proyecto<\/strong>. Este segundo riesgo no se suele tener en cuenta en la relaci\u00f3n contractual, que se fija casi exclusivamente en el derecho del acreedor a recuperar su dinero. Nuestros autores mencionan el <strong>principio de solidaridad<\/strong>, uno de los principios de la \u00e9tica cristiana, que implica un cierto <strong>compartir los riesgos<\/strong>. Lo que ellos proponen es la necesidad o conveniencia de <strong>reestructurar la deuda, cuando han cambiado de manera sustancial las condiciones de partida, sea del deudor como del acreedor<\/strong>. Y argumentan que el deudor ha comprometido, de alg\u00fan modo, su vida futura al cumplimiento de su obligaci\u00f3n, lo que le puede poner en una situaci\u00f3n de pobreza por un cambio de circunstancias. Probablemente est\u00e1n pensando en el que suscribi\u00f3 una hipoteca para comprar una casa contando con unos ingresos futuros que luego, por causas ajenas a \u00e9l mismo, no se producen (por ejemplo, por caer en el desempleo).<\/p>\n<p>Dembinski y Beretta no proponen el perd\u00f3n de la deuda, que ser\u00eda, probablemente, injusto, sino<strong> la conveniencia de una negociaci\u00f3n<\/strong>, tambi\u00e9n por razones de eficiencia y, como dicen ellos, porque \u00abel sobreendeudamiento de algunos<strong> puede romper la comunidad,<\/strong> al excluir a algunos de sus miembros al proteger demasiado a la propiedad\u00bb. S\u00ed, ya s\u00e9 que esto no cuadra con los criterios jur\u00eddicos vigentes ahora en muchos pa\u00edses, pero lo que ellos est\u00e1n proponiendo es <strong>otra forma m\u00e1s humana de llevar a cabo las relaciones financieras<\/strong>, incluyendo que \u00ab<strong>la renegociaci\u00f3n de la deuda deber\u00eda ser tan frecuente como hiciese falta<\/strong> por los cambios que una y otra parte de la relaci\u00f3n puedan experimentar en sus necesidades, situaciones y posibilidades\u00bb. Y tambi\u00e9n s\u00e9 que los acreedores se resistir\u00e1n, como gato panza arriba, a entrar en ese tipo de renegociaciones. Pero, claro, Dembinski y Beretta est\u00e1n proponiendo algo mucho mejor que la protecci\u00f3n indiscutida de los derechos de los acreedores.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En un blog anterior discut\u00ed \u00abla eutanasia del rentista\u00bb, es decir, la soluci\u00f3n, frecuente en momentos de exceso de deuda (p\u00fablica o privada), de mantener los tipos de inter\u00e9s muy bajos durante un largo periodo de tiempo, lo que facilita la absorci\u00f3n de la deuda, a costa, eso s\u00ed, de la salud financiera de los [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":172,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11722],"tags":[82907,12838,1627],"class_list":["post-5364","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia","tag-contrato-de-credito","tag-crisis-financiera","tag-riesgo"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5364","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/users\/172"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5364"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5364\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5365,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5364\/revisions\/5365"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5364"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5364"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5364"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}