{"id":5533,"date":"2014-10-29T11:45:58","date_gmt":"2014-10-29T10:45:58","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/?p=5533"},"modified":"2014-10-21T14:46:17","modified_gmt":"2014-10-21T13:46:17","slug":"las-tarjetas-opacas-otra-vez-iii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/2014\/10\/29\/las-tarjetas-opacas-otra-vez-iii\/","title":{"rendered":"Las tarjetas opacas otra vez (III)"},"content":{"rendered":"<p>En una entrada anterior me ocup\u00e9 de l<strong>as tarjetas opacas como medio para atender gastos de representaci\u00f3n.<\/strong> Ahora considerar\u00e9 el caso de su uso <strong>como medio para remunerar a consejeros, directivos o empleados<\/strong>,\u00a0como un complemento salarial. Esto no tiene por qu\u00e9 ser ilegal ni inmoral: una vez que la remuneraci\u00f3n total ha sido fijada, <strong>el uso de la tarjeta permite al directivo acomodar sus ingresos al momento y modo en que necesita el dinero,<\/strong> siempre que esto no cause un perjuicio importante a la empresa, q<strong>ue se cumpla la legislaci\u00f3n fiscal<\/strong> (el pago en especie est\u00e1 sujeto a retenci\u00f3n por el impuesto sobre la renta en la empresa, y a declaraci\u00f3n anual por el empleado) y s<strong>e observen las normas sobre transparencia de esas operaciones.<\/strong><\/p>\n<p>El uso que se ha dado a las \u201ctarjetas opacas\u201d no parece una buena pr\u00e1ctica, sino una forma de administraci\u00f3n desleal, que causa da\u00f1os a la empresa y a otras personas. Primero, porque l<strong>a cuant\u00eda de la remuneraci\u00f3n no estaba fijada<\/strong>, sino que el directivo pod\u00eda aumentarla a su capricho, utilizando la tarjeta, lo cual es un desprop\u00f3sito, algo propio de una \u201ccasa sin due\u00f1o\u201d. Segundo, porque <strong>fueron fiscalmente opacas<\/strong>: la caja no llev\u00f3 a cabo las retenciones fiscales y tom\u00f3 medidas para que las autoridades fiscales no identificasen esas partidas, y muchos directivos no incluyeron esas cantidades en su declaraci\u00f3n de renta. Y tercero, porque esas operaciones f<strong>ueron opacas tambi\u00e9n ante los auditores y los supervisores<\/strong>: la ley de Cajas de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, no permite la compatibilidad del cobro de dietas y desplazamientos con el cobro de una remuneraci\u00f3n ordinaria, y desde 2009 las cajas de ahorros deben informar de los sueldos de sus directivos y miembros del consejo de administraci\u00f3n, lo que es incompatible con la opacidad de las tarjetas.<\/p>\n<p>Lo que probablemente ha provocado <strong>la mayor indignaci\u00f3n de los ciudadanos ha sido la combinaci\u00f3n de remuneraciones altas, evasi\u00f3n fiscal, falta de transparencia y abuso de una posici\u00f3n de gobierno o de direcci\u00f3n<\/strong> en una entidad que, adem\u00e1s, tuvo un gran descalabro financiero y necesit\u00f3 grandes ayudas p\u00fablicas, lo que ha llevado a muchos a la conclusi\u00f3n de que <strong>fueron aquellas remuneraciones desmesuradas las que provocaron la quiebra de la caja<\/strong>. Se trata de un conjunto de temas muy complejos, sobre los que har\u00e9 solo un par de comentarios.<\/p>\n<p>Sin conocer a fondo las cuentas de una entidad n<strong>o es posible saber si las remuneraciones de sus directivos fueron demasiado altas o no,<\/strong> sobre todo en los de alto nivel, cuyo trabajo no puede compararse f\u00e1cilmente con el de otros. El tama\u00f1o de la remuneraci\u00f3n depender\u00e1, principalmente, de la aportaci\u00f3n que el empleado haga a los resultados de la entidad, y no es seguro que la contribuci\u00f3n de un alto directivo en un banco sea mucho mayor que la de otras empresas. A m\u00ed me parece m\u00e1s probable que <strong>en una entidad financiera los directivos se apropien de parte de los beneficios extraordinarios (rentas, en el argot de los economistas) que la entidad genera, no necesariamente por su funci\u00f3n social, sino por las ventajas legales, regulatorias, de falta de competencia, etc. de que disfruta<\/strong>. Abona esta impresi\u00f3n el hecho de que en muchos pa\u00edses los directivos y empleados del sector financiero reciben remuneraciones m\u00e1s altas que los de otros sectores.<\/p>\n<p>En todo caso, esto hace m\u00e1s dolorosa <strong>la sospecha de que un grupo de consejeros y directivos de una entidad que disfrutaban ya de remuneraciones muy altas en comparaci\u00f3n con otros equivalentes haya organizado un esquema fiscal y legalmente opaco para aumentar esas remuneraciones fuera de los criterios de buen gobierno, buena administraci\u00f3n y justicia conmutativa y legal<\/strong>, aunque, obviamente, no todos est\u00e9n igualmente implicados en el caso.\u00a0La cuant\u00eda de las cifras n<strong>o justifica la tesis de que fue esto lo que provoc\u00f3 la quiebra de la caja,<\/strong> pero el caso <strong>pone de manifiesto importantes fallos profesionales, morales y legales en el gobierno y direcci\u00f3n de la entidad,<\/strong> de modo que hace m\u00e1s plausible la tesis de que, m\u00e1s all\u00e1 de las causas externas de la crisis, esta se debi\u00f3, al menos en algunas entidades, a esos fallos internos. Y el hecho de que otras empresas hicieron algo parecido no puede servir como excusa.\u00a0<em> \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una entrada anterior me ocup\u00e9 de las tarjetas opacas como medio para atender gastos de representaci\u00f3n. Ahora considerar\u00e9 el caso de su uso como medio para remunerar a consejeros, directivos o empleados,\u00a0como un complemento salarial. 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