{"id":6129,"date":"2016-02-07T12:00:55","date_gmt":"2016-02-07T11:00:55","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/?p=6129"},"modified":"2016-02-04T12:17:26","modified_gmt":"2016-02-04T11:17:26","slug":"la-empresa-vista-desde-la-teoria-de-los-stakeholders-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.iese.edu\/antonioargandona\/2016\/02\/07\/la-empresa-vista-desde-la-teoria-de-los-stakeholders-ii\/","title":{"rendered":"La empresa, vista desde la teor\u00eda de los stakeholders (II)"},"content":{"rendered":"<p>En una entrada anterior expliqu\u00e9 <strong>c\u00f3mo la teor\u00eda que establece que el objetivo de la empresa es la maximizaci\u00f3n del valor para el accionista sustituy\u00f3, de hecho, a teor\u00edas anteriores, de corte \u201chumanista\u201d<\/strong> pero ambiguas en sus fundamentos y en sus recomendaciones pr\u00e1ctica. De esta manera, parece l\u00f3gico, pues, que, <strong>conforme avanzaba el siglo veinte, \u201cel\u201d objetivo de la empresa fuese la maximizaci\u00f3n del valor para los propietarios<\/strong>. Pero, como ya he dicho, los supuestos, s\u00f3lidos en teor\u00eda, no se cumpl\u00edan en la pr\u00e1ctica.<\/p>\n<p>Ahora bien, <strong>la teor\u00eda (y la pr\u00e1ctica) admit\u00edan modificaciones que respetaban lo b\u00e1sico del modelo, que garantizaba as\u00ed su capacidad para sobrevivir y prosperar<\/strong>. Por ejemplo, si los contratos con algunos empleados no eran completos y expl\u00edcitos, esas personas pod\u00edan estar asumiendo riesgos no previstos en los contratos, de modo que el resultado no fuese \u00f3ptimo (por ejemplo, pod\u00edan invertir en capital humano espec\u00edfico de la empresa, que no tendr\u00eda valor en otra ocupaci\u00f3n). Pero en tal caso sea posible dise\u00f1ar modelos de contratos que tuviesen en cuenta ese problema; adem\u00e1s, el consejo de administraci\u00f3n pod\u00eda dar cabida a consejeros que representase sus intereses, siempre bajo el supuesto de que esa soluci\u00f3n era tambi\u00e9n la mejor para la maximizaci\u00f3n del valor para los accionistas a largo plazo.<\/p>\n<p>En muchos casos la soluci\u00f3n era m\u00e1s directa: <strong>se reafirmaba, sin m\u00e1s contemplaciones, el principio de maximizaci\u00f3n del beneficio y se sosten\u00eda que la empresa deb\u00eda gestionarse \u201cde acuerdo con los intereses de los accionistas\u201d, aunque esto no era necesariamente lo mismo que \u201cpara maximizar el valor de la acci\u00f3n\u201d.<\/strong> Pondr\u00e9 dos ejemplos de esto. Uno: si, por ejemplo, no hab\u00eda competencia en los mercados, la responsabilidad de lograrla se atribu\u00eda a las autoridades, de modo que las empresas pod\u00edan seguir trabajando en la maximizaci\u00f3n sin grandes problemas, aunque el resultado no fuese el \u00f3ptimo anunciado, porque ese \u201cno era su problema\u201d. Otro ejemplo: si en la actividad de la empresa se produc\u00edan rentas (por ejemplo, por su poder de mercado) que no se pod\u00edan distinguir f\u00e1cilmente del beneficio, el criterio de maximizaci\u00f3n se pod\u00eda aplicar a ambas variables: eso no era lo que la teor\u00eda afirmaba, porque maximizar las rentas pod\u00eda violar principios de justicia (que la econom\u00eda no sab\u00eda c\u00f3mo evaluar) y no ten\u00eda por qu\u00e9 aumentar la eficiencia (que s\u00ed interesaba a los economistas). Pero, en todo caso, conven\u00eda a los que se beneficiaban de esas rentas, y val\u00eda m\u00e1s no entrar en disquisiciones sobre qu\u00e9 eran beneficios y qu\u00e9 eran rentas, y cu\u00e1nto de unos y otras proced\u00eda del incumplimiento de las condiciones del \u00f3ptimo, porque esto pod\u00eda dar lugar a un aumento de la regulaci\u00f3n y de las intervenciones del gobierno.<\/p>\n<p>N\u00f3tese que la teor\u00eda de la maximizaci\u00f3n del valor para el accionista, lo mismo que la teor\u00eda, equivalente pero menos precisa, de la maximizaci\u00f3n del beneficio, <strong>son teor\u00edas de la econom\u00eda en general m\u00e1s que de la empresa, porque el objetivo de la empresa (la maximizaci\u00f3n del valor para el accionista) viene fijado por el \u00f3ptimo social (la consecuci\u00f3n de un \u00f3ptimo para toda la econom\u00eda);<\/strong> con otras palabras, la funci\u00f3n social de la empresa (su contribuci\u00f3n al bienestar de la sociedad) es lo que marca su objetivo.<\/p>\n<p>En este entorno,<strong> la introducci\u00f3n por Ed Freeman de la teor\u00eda de los stakeholders se presentaba como una alternativa<\/strong>.<strong> En el plano te\u00f3rico, sustitu\u00eda la maximizaci\u00f3n del valor para el accionista por la de la maximizaci\u00f3n del valor para todos los stakeholders, y en el plano pr\u00e1ctico, la empresa dejaba de gestionarse de acuerdo con los intereses de los accionistas y pasaba a serlo con los de todos los stakeholders.<\/strong> \u00bfQu\u00e9 implicaciones ten\u00eda esta propuesta? Como en las novelas por entregas, ahora aparece la fat\u00eddica frase: \u201cContinuar\u00e1\u201d.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px\"><em>Los Comentarios de la C\u00e1tedra son breves art\u00edculos que desarrollan, sin grandes pretensiones acad\u00e9micas, alg\u00fan tema de inter\u00e9s y actualidad sobre Responsabilidad Social de las Empresas.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una entrada anterior expliqu\u00e9 c\u00f3mo la teor\u00eda que establece que el objetivo de la empresa es la maximizaci\u00f3n del valor para el accionista sustituy\u00f3, de hecho, a teor\u00edas anteriores, de corte \u201chumanista\u201d pero ambiguas en sus fundamentos y en sus recomendaciones pr\u00e1ctica. 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