{"id":1951,"date":"2018-01-16T00:45:25","date_gmt":"2018-01-15T23:45:25","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.iese.edu\/eticaempresarial\/?p=1951"},"modified":"2018-01-16T00:45:25","modified_gmt":"2018-01-15T23:45:25","slug":"el-caso-palau-soborno-o-extorsion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.iese.edu\/eticaempresarial\/2018\/01\/16\/el-caso-palau-soborno-o-extorsion\/","title":{"rendered":"El caso Palau: \u00bfsoborno o extorsi\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<p>El 15 de enero de 2018 se conoci\u00f3 la sentencia de la Audiencia de Barcelona acerca de lo que se ha denominado \u201cCaso Palau\u201d, referida al <strong>Palau de la M\u00fasica Catalana<\/strong>, una arraigada instituci\u00f3n cultural con sede en Barcelona. Hubo <strong>un desv\u00edo de 23 millones de euros<\/strong> que salieron del Palau de la M\u00fasica y que fueron, en su mayor parte, hacia el bolsillo de los responsables de la instituci\u00f3n, <strong>F\u00e8lix Millet<\/strong><strong> (Presidente)<\/strong> y <strong>Jordi Montull (Director General) <\/strong>que destinaron el dinero a fines particulares (obras en sus domicilios particulares, viajes privados por todo el mundo, las bodas de sus hijas, compra de obras de arte\u2026). Una parte de este desv\u00edo fue destinado al pago de comisiones al partido pol\u00edtico Convergencia Democr\u00e1tica de Catalunya (CDC) \u2013 partido que gobern\u00f3 en Catalu\u00f1a durante m\u00e1s de dos d\u00e9cadas en coalici\u00f3n con otro m\u00e1s peque\u00f1o \u2013 mediante al pago de facturas por servicios no prestados.<\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n y el correspondiente proceso judicial, que ha durado m\u00e1s de 8 a\u00f1os, ha tenido una amplia repercusi\u00f3n en la opini\u00f3n p\u00fablica, sobre todo por sus connotaciones pol\u00edticas ya que inclu\u00eda la financiaci\u00f3n ilegal de un partido pol\u00edtico. Se realizaban donaciones de la empresa constructora <strong>Ferrovial<\/strong> \u2013 hoy Ferrovial Agroman \u2013 a CDC a trav\u00e9s del Palau. Nos centraremos en la empresa, cuya actividad abarca desde autopistas y aeropuertos, hasta construcciones y todo tipo de obra p\u00fablica.<\/p>\n<p>Durante el proceso oral, el 8 de marzo de 2017, <strong>Ferrovial Agroman saco <a href=\"http:\/\/www.ferrovial.com\/es\/prensa\/notas_prensa\/ferrovial-agroman-declaraciones-vista-oral-caso-palau\/\">una nota de prensa<\/a><\/strong> en la que reiteraba su patrocinio \u201csiempre fue\u00a0p\u00fablico y\u00a0se obtuvieron las contraprestaciones habituales en este tipo de actividad cultural;\u00a0 que\u00a0 las adjudicaciones se realizaron a la oferta con mejor valoraci\u00f3n econ\u00f3mica y puntuaci\u00f3n global;\u00a0 y\u00a0 que la compa\u00f1\u00eda practicaba una pol\u00edtica de \u2018tolerancia cero\u2019\u00a0 con la corrupci\u00f3n.\u201d Recordaba, adem\u00e1s, que el <strong>C\u00f3digo de \u00c9tica Empresarial de Ferrovial<\/strong> proh\u00edbe a directivos y empleados de la compa\u00f1\u00eda \u201csobornos a autoridades y funcionarios p\u00fablicos, dar a terceros o recibir de terceros pagos indebidos de cualquier tipo.\u201d Se afirmaba tambi\u00e9n que \u201cFerrovial Agroman siempre confi\u00f3 en los \u00f3rganos de gesti\u00f3n del Palau de la M\u00fasica Catalana (Patronato y Comisi\u00f3n de Auditor\u00eda), as\u00ed como en la auditor\u00eda externa a la que estaba sometido.\u201d En relaci\u00f3n con las adjudicaciones, se afirmaba que \u00e9stas, \u201cse realizaron en todos los casos a las ofertas con mejor puntuaci\u00f3n global y mejor valoraci\u00f3n econ\u00f3mica, no habiendo recibido ning\u00fan trato de privilegio.\u201d<\/p>\n<p>Sin embargo, la sentencia considera probado el pago de comisiones de Ferrovial a CDC a cambio de adjudicaci\u00f3n de obra p\u00fablica. Desde el partido se pudo influir en quienes tomaban las decisiones de adjudicaci\u00f3n. El dinero llegaba a CDC a trav\u00e9s de subvenciones de Ferrovial al Palau, con la intervenci\u00f3n de sus altos ejecutivos. La comisi\u00f3n que Ferrovial y CDC pactaron era del 4% de las adjudicaciones obtenidas. CDC se quedaba el 2,5% y el 1,5% restante iba a parar a Millet y Montull (el 80% se lo quedaba el presidente del Palau y el 20% el director general). Este acuerdo se mantuvo ininterrumpidamente desde antes de 1999 hasta el 2009. Siempre seg\u00fan la sentencia, la cifra abonada por la empresa fue de, al menos, 6,6 millones de euros, de los cuales Millet y Montull se embolsaron 3,5 millones.<\/p>\n<p>Quienes por aquel entonces eran el director territorial de la constructora y el director de relaciones institucionales de Ferrovial fueron imputados y acusados de administraci\u00f3n desleal y tr\u00e1fico de influencias. El director de relaciones institucionales declar\u00f3 como testigo en abril de 2011, defendiendo que la constructora patrocin\u00f3 al Palau para promocionarse e introducirse en la sociedad catalana, pero negando el pago de comisiones. Los tiempos de la justicia jugaron a favor de estos ejecutivos, ya que eludieron sus condenas, a pesar de los hechos probados, porqu\u00e9 \u00e9stos ya hab\u00edan prescrito. En cambio, Millet fue condenado a 9 a\u00f1os y ocho meses de c\u00e1rcel, Montull a siete a\u00f1os y medio y Gemma Montull, hija de este \u00faltimo y responsable financiera del Palau de la M\u00fasica, a cuatro a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n. El extesorero de CDC, Daniel Os\u00e0ca fue condenado a cuatro a\u00f1os y cinco meses. Todo ello, adem\u00e1s de significativas multas. CDC fue condenada a pagar 6,6 millones. Tras conocerse la sentencia, inmediatamente se anunci\u00f3 que ser\u00eda recurrida ante el Tribunal Supremo de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Una pregunta que surge es por qu\u00e9 Ferrovial se prest\u00f3 a ello, cuando su c\u00f3digo no permit\u00eda sobornar. Se me ocurren tres hip\u00f3tesis:<\/p>\n<p><strong>Hip\u00f3tesis 1. Hicieron caso omiso de su c\u00f3digo de conducta, sin m\u00e1s<\/strong>. En este caso, el c\u00f3digo ser\u00eda pura fachada y lo \u00fanico que contar\u00eda ser\u00eda conseguir adjudicaciones, aun sobornando a funcionarios o pol\u00edticos si fuera necesario. No conozco otros casos de sobornos en los que haya estado implicado Ferrovial, por lo cual est\u00e1 hip\u00f3tesis es poco s\u00f3lida. \u00a0Cabe, sin embargo, que este caso fuera una excepci\u00f3n o que los directivos regionales decidieran ignorar el c\u00f3digo de conducta de su empresa. En este caso <strong>habr\u00eda que preguntarse por la implementaci\u00f3n y seguimeinto que hace la empresa de su c\u00f3digo.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Hip\u00f3tesis 2. Interpretaron de modo muy restrictivo el \u201cc\u00f3digo de conducta\u201d,<\/strong> fij\u00e1ndose m\u00e1s en la letra que en la realidad en toda su amplitud. Esto pod\u00eda dar lugar a considerar que lo que hac\u00edan propiamente no era un soborno a funcionarios. Literalmente no pagaron sobornos (directamente) a funcionarios. Las declaraciones del director de relaciones institucionales de Ferrovial responden a esta hip\u00f3tesis, o sencillamente son mentira. Me temo que el actual redactado del c\u00f3digo de Ferrovial <strong>puede prestarse a formar una mentalidad legalista, m\u00e1s que formar en la integridad,\u00a0<\/strong> ya que las normas anti-corrupci\u00f3n (punto 5.2 del <a href=\"http:\/\/www.ferrovial.com\/es\/nuestro-compromiso-ferrovial\/responsabilidad-corporativa\/codigo-de-etica-empresarial\/\">C\u00f3digo actual<\/a>) se explican en el contexto del cumplimiento de leyes: \u201cFerrovial exige el cumplimiento de todas las leyes aplicables que proh\u00edben el soborno, en especial el soborno de funcionarios, incluido el C\u00f3digo Penal espa\u00f1ol (\u2026) u otra legislaci\u00f3n de lucha contra la corrupci\u00f3n que pueda resultar de aplicaci\u00f3n.\u201d<\/p>\n<p><strong>Hip\u00f3tesis 3. Pensaron que propiamente no se trataba de un soborno, sino que eran v\u00edctimas de una extorsi\u00f3n<\/strong>. Los estudiosos de \u00e9tica empresarial sabemos bien que existe un tipo de extorsi\u00f3n, con frecuencia t\u00e1cita, que consiste en exigir de modo sistem\u00e1tico un porcentaje de las adjudicaciones en obra p\u00fablica para el partido que gobierna. Se sabe que todos lo pagan y que si quieres llevarte un contrato \u201cno tienes m\u00e1s remedio\u201d (es un decir) que pagar. No hay una relaci\u00f3n directa entre pago y adjudicaci\u00f3n, pero la empresa adjudicataria sabe que antes o despu\u00e9s de la adjudicaci\u00f3n tiene que contribuir al sostenimiento econ\u00f3mico del partido (o a enriquecer a los pol\u00edticos) a trav\u00e9s de donaciones directas o a trav\u00e9s de fundaciones u otras entidades que puedan hacerlo llegar al partido. Podr\u00eda ser este el caso, aunque me gustar\u00eda tener m\u00e1s informaci\u00f3n para sostener esta hip\u00f3tesis. Si fuera as\u00ed, Ferrovial y otra empresas del sector <strong>tendr\u00edan que preguntarse c\u00f3mo luchar contra tal corrupci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Ser\u00eda interesante saber qu\u00e9 ocurri\u00f3 realmente para hacer recomendaciones a la empresa cara al futuro. Recomendaciones, que se pueden intuir a tenor de lo dicho.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 15 de enero de 2018 se conoci\u00f3 la sentencia de la Audiencia de Barcelona acerca de lo que se ha denominado \u201cCaso Palau\u201d, referida al Palau de la M\u00fasica Catalana, una arraigada instituci\u00f3n cultural con sede en Barcelona. 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