La SEC acaba de imponer una multa de 9 millones de dólares a EY por dos casos de conducta inapropiada de dos empleados de la firma. En los dos casos, el auditor acabo teniendo una relación personal con alguien de la empresa auditada. La SEC considera que en estos casos se vulneró la obligada independencia del auditor, y que la empresa auditora falló en su responsabilidad de asegurar dicha independencia, ya sea detectando esas relaciones o impidiendo que continuasen.
En uno de los casos, el auditor, además, cargó a la compañía gastos por un importe de 100.000 euros en regalos y viajes. En el otro caso, la auditora y el directivo de la empresa cliente se intercambiaron cientos de mensajes y correos entre 2012 y 2015. Los dos empleados han recibido también una multa de 45.000 y 25.000 dólares respectivamente, además de perder su trabajo.
Quizás alguien se preguntará hasta qué punto la SEC puede inmiscuirse en estos temas que son claramente personales. Bueno, son personales, pero no sólo personales, puesto que -de una forma u otra- afectan también a la empresa.
De hecho, me parece que es bueno distinguir. Aquí hay dos temas distintos: uno es el tema de relaciones personales que surgen en un entorno de trabajo; el otro es el conflicto que se genera cuando lo profesional se mezcla con lo personal.
Respecto al primer tema, la empresa es un lugar tan aceptable como cualquier otro para conocer a alguien, hacerse amigos o lo que sea (Por cierto, en la prensa de hoy se cita un trabajo de Antonio Argandoña sobre “El amor en la empresa” en la que se le hace decir al profesor Argandoña que “una organización de éxito, sólida y duradera necesita que en ella, y alrededor de ella, se ejercite y practique el amor”; intuyo que las palabras de mi colega pueden ser mal interpretadas, y que él se refiere al “amor” en un sentido más amplio que lo que da a entender el periodista). Otro tema distinto son los conflictos de intereses que pueden surgir cuando dos personas tienen una relación profesional y tienen también vínculos personales, porque entonces lo personal puede influir en lo profesional.
Cada uno de estos dos temas, además, puede ser visto desde dos puntos de vista distintos: desde el punto de vista de las personas y desde el punto de vista de las empresas. Así que tenemos cuatro aspectos para considerar.
Desde el punto de vista de las personas, los dos temas son importantes. En cuanto al primero, es decir, que surjan relaciones personales en un entorno profesional, hay algunas preguntas que hay que hacerse: ¿Cómo me relaciono yo con las personas con las que trabajo?, ¿qué compromisos personales tengo yo adquiridos?, ¿cómo esos compromisos pueden verse afectados según mi conducta profesional? Este es un tema eminentemente personal, en el que cada uno debe actuar responsablemente y ser “guardián de sus propios compromisos”. Para saber determinar la conducta adecuada puede servir de ayuda considerar tanto la justicia con los compromisos adquiridos como la moderación en el trato con las personas con quienes me relaciono.
También el segundo tema –los conflictos de intereses que pueden surgir en un entorno profesional por lazos personales entre los implicados- exige una reflexión personal. El hecho de que con esa persona con la que tengo que trabajar haya algún vínculo personal, ¿influye en mi relación profesional con ella?, ¿hasta qué punto mis decisiones estarán condicionadas por estos vínculos personales?, ¿podré ser objetivo?, ¿imparcial?, ¿exigirle como le exigiría a cualquier otra persona en esa misma situación?
En clase hablamos muchas veces de “la pendiente”, una línea oblicua donde en la parte superior hay un comportamiento correcto, que no crea ninguna duda, y en la parte inferior hay un comportamiento que es claramente reprobable. El problema está en los puntos intermedios, donde puede haber comportamientos que empiezan a ser dudosos: ¿cuándo el “buen ambiente” en la empresa deja de ser buen ambiente para pasar a ser mal rollo?, ¿cuándo una atención comercial deja de ser una atención comercial para pasar a ser un soborno? ¿Cuándo las relaciones sociales se convierten en tráfico de influencias o provocan conflictos de intereses? Para moverse en esta pendiente con la seguridad de que se están haciendo las cosas bien, la regla es siempre la misma: Intenta moverte hacia arriba de la pendiente, y evita deslizarte poco a poco hacia abajo.
-«Entonces, ¿Cómo debo comportarme en el trabajo?»
-«Tú verás, pero si vas cediendo por aquí y por allá, después no te sorprendas de que alguien decida que has cruzado la raya de lo inmoral.»
Pasemos al punto de vista de la empresa. Respecto a la cuestión de relaciones personales que surgen en el contexto profesional, aunque todos seamos mayores y hagamos con nuestra vida lo que queramos, lo cierto es que la empresa no es un lugar neutral, influye en los comportamientos de la gente. Siendo esto así, no estaría de más una reflexión sobre qué comportamientos estoy favoreciendo en mis empleados, también en este tema de ayudarles a vivir sus compromisos a nivel personal (esto no es paternalismo; es intentar buscar un equilibrio entre la libertad de las personas y la influencia que se puede tener desde el exterior para que esa libertad se ejerza responsablemente).
Parece más claro que donde la empresa puede y debe actuar es en el segundo tema, el de los conflictos de intereses que puedan surgir al mezclarse lo profesional con lo personal. También las empresas deben saberse mover por “la pendiente”. Es más, tienen el derecho y la obligación de poner marcas en esa pendiente para ayudar a su gente a saber si se encuentran en una zona segura, crítica o no permitida (igual que, cuando uno camina por el monte, las marcas que se encuentra le ayudan a seguir la ruta sin perderse). Las maneras de tirar para arriba en esa pendiente –es decir, de dar criterio a la gente, para que sepa cómo debe actuar– son varias:
- primero, saberse adelantar a las situaciones. Prever los casos de conflicto, identificarlos, y establecer medidas para que no se den; medidas del tipo: “dos personas unidas por vínculos familiares o afectivos no pueden tener dependencia jerárquica”, “si alguien va a tener una relación profesional con alguien con quien tiene una relación personal, debe decirlo o debe abstenerse de mantener esa relación profesional”, etc.
- segundo, tener mecanismos para identificar estos casos cuando surjan, que se reporten y que se les dé una respuesta satisfactoria para todos
- tercero, estar preparado para sancionar si alguien no actúa con la diligencia, transparencia y celeridad esperadas.
Volviendo a los casos que nos ocupan. Lo que la SEC sanciona no es que dos personas adultas hayan entablado una relación personal como consecuencia de su trabajo profesional; lo que sanciona es que la empresa no detectase a su debido tiempo, o –en el caso de haberlos detectado- no pusiese las medidas para solventar los conflictos de intereses que surgían de esas nuevas situaciones. Y en eso tan responsables son las personas implicadas por no decirlo, como la empresa por no detectarlo, teniendo los medios para hacerlo.
En un contexto cultural latino quizás nos puede parecer una exageración, pero por ahí van las tendencias. La moraleja, en todo caso, está muy clara: Hay que ser conscientes de que la vida está llena de pendientes , y hay que tirar para arriba. Como dice la jota: “pa´las cuestas arriba quiero mi burro; que las cuestas abajo yo me las subo!”
Hola Joan,
Muy interesante la reflexión en tú artículo. Habiendo trabajado en el mundo de la auditoría y consultoría más de 20 años (Arthur Andersen, EY) creo que al final al empresas están sujetas a las conductas de sus empleados y en el caso de EY, una empresa que vende servicios profesionales de auditoría, sus profesionales deben de estar sujetos a los más altos estándares de ética y profesionales. En amos casos, los socios de EY deberían haber reportado el conflicto de interés y haber sido apartados del cliente para evitar el conflicto, así que la responsabilidad es de ellos, si bien la Firma tiene una responsabilidad subsidiaria ya que debería tener mecanismos de monitoreo y control que detectaran este tipo de riesgos (por ejemplo una certificación anual sobre conflicto de intereses).
Tal y como pudimos experimentas los profesionales de Arthur Andersen, unas pocas personas «corruptas» pueden destrozar la reputación de una empresa/firma hasta hacerla desaparecer … Fue una lección muy dura de aprender.
Un saludo
Fernando García Bueno
(GEMBA 2011)
Gracias Fernando, por tu comentario y por compartir la experiencia de los que vivís estos temas desde la trinchera! Tienes toda la razón. De hecho los cambios normativos de los últimos años, y la moda del compliance, van en esta línea: la empresa tiene responsabilidad en la medida en que no establece mecanismos para enterarse de lo que pasa. Por eso es tan importante trabajar en estos temas de cumplimiento: no sólo para evitar las sanciones penales (aunque son un buen motivador, verdad?), sino para apoyar a la gente, darle criterio y marcos de referencia en su acción, y evitar malas prácticas antes de que se hagan incontrolables.
Un saludo,