Leo que en el último Consejo de Ministros se ha aprobado un proyecto de reforma del Código Penal que incluye una modificación de los artículos referentes a la responsabilidad penal de las sociedades. Recordarán que en la reforma que entró en vigor a finales del 2010 se regulaba por primera vez en España la responsabilidad penal de las sociedades por delitos cometidos por directivos y empleados. La reforma que se plantea ahora pretende incluir una exención a esa responsabilidad para aquellas sociedades que puedan demostrar que, con antelación a la comisión del delito que se juzgue, habían implantado programas de prevención de esos delitos.
Me ha recordado que algo parecido se vivió en los Estados Unidos en la década de los setenta, y que supuso el primer boom de la ética empresarial en aquel país. Por aquel entonces había habido varios escándalos relacionados con prácticas corruptas en la actividad de empresas en el extranjero, que salpicaron a varios jefes de estado y responsables políticos de diversos países. En los Estados Unidos se aprobó una ley, la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA) como reacción a esas conductas. En uno de los artículos de la ley se incluyó un párrafo en el que se decía que los jueces podrían reducir significativamente las multas a las empresas que se vieran envueltas en prácticas delictivas, si éstas podían demostrar que habían establecido mecanismos para formar a sus directivos en las implicaciones éticas y legales de tales prácticas.
A las empresas les faltó tiempo para montar departamentos de Ética, que serían los encargados de velar por la buena conducta de los empleados en su actividad profesional. Lógicamente, los responsables de tales departamentos, una vez tuvieron su nombramiento y un presupuesto más o menos amplio, empezaron a hacer cosas, aunque sólo fuese para mantenerse en el cargo. La consecuencia fue que la ética de la empresa vivió su primer momento de gloria.
Sabemos de sobra que la existencia de una ley no asegura en absoluto una conducta correcta; por eso, además de las leyes, hay jueces y hay cárceles. La ley tiene un elemento educativo (nos señala lo que debe hacerse y lo que no debe hacerse), un elemento punitivo (al que infringe la ley, se le castiga), y puede tener además un elemento de estímulo (incentiva a determinadas acciones). Luego estará la libertad de la gente para actuar o no de acuerdo a la ley; y la capacidad de respuesta de las empresas o de quienes tengan autoridad en la persecución de prácticas cuestionables.
Basándonos en la experiencia norteamericana, puede estar muy bien que la ley incentive a las empresas a establecer mecanismos de organización y gestión que sirvan para prevenir delitos. Según parece la reforma, además de la existencia de tales mecanismos, requerirá también que haya un organismo de supervisión y control, y que se asegure que esos mecanismos funcionan correctamente.
Habrá que ver cómo se concreta, a quién afecta (hay empresas que por su tamaño pueden permitirse estas estructuras; otras, quizás no), y por supuesto siempre habrá quien entre a juzgar intenciones. Pero de entrada, incentivar a las empresas para que se tomen en serio la prevención de delitos (y diría yo –ampliando el abanico– no sólo delitos, sino prácticas cuestionables desde el punto de vista ético) es muy bueno y recomendable: a las empresas les irá mejor… ¡y a los que nos dedicamos a la ética también!
Lo cortés no quita lo valiente y me parece genial que se empiece a poner un poquito de orden en este aspecto, ya que independientemente de que muchas de nuestras empresas, sobre todo en multinacionales ya existen departamentos relacionados (Compliance, Legal, Resp. Corporativa, …) con todos estos temas, es muy bajo el % de cumplimiento real y efectivo de las buenas prácticas, siendo mayor el número de «malas» prácticas que se encubren de mil formas distintas.
Además en estas multinacionales a veces se evalúa más el «coste de oportunidad» de incurrir en malas prácticas, siempre y cuando el beneficio sea lo suficientemente goloso como para hacer frente a una hipotética multa (si te pillan claro).
De todas formas muchas de estas empresas trabajan directamente con la Administración y es en este caso donde se peca (y me vais a permitir que use otro refrán :)) de mirar la paja en el ojo ajeno y no ver la viga en el propio, ya que la mayoría de las malas prácticas vienen generadas por la propia administración, y de ahí el elevado nivel de corrupción de nuestros políticos y funcionarios en todos los estamentos de la sociedad y sin importar el color político del que esté en el poder en ese momento.
Así es, veremos como se concreta.
En todo caso no veo yo corriendo a los accionistas de empresas de IBEX instando a implantar programas de prevención y no solo eso. evaluación de riesgos, seguimientos periódicos, etc. En definitiva todo un sistema de gestión de buen gobierno.
Pensemos que la cultura de nuestro País es trasladar esas responsabilidades al accionista castigando su valor o en su caso a la sociedad asumiendo de su bolsillo, rescates. En todo caso siempre fuera de los órganos de dirección
Soy positivo con este nuevo proyecto de reforma, alguna conciencia seguro despierta, pero me temo una cosa es legislar y otra muy distinta hacer cumplir, cosa que me permito dudar.
Abrazo Joan,