El caso Palau: ¿soborno o extorsión?

El 15 de enero de 2018 se conoció la sentencia de la Audiencia de Barcelona acerca de lo que se ha denominado “Caso Palau”, referida al Palau de la Música Catalana, una arraigada institución cultural con sede en Barcelona. Hubo un desvío de 23 millones de euros que salieron del Palau de la Música y que fueron, en su mayor parte, hacia el bolsillo de los responsables de la institución, Fèlix Millet (Presidente) y Jordi Montull (Director General) que destinaron el dinero a fines particulares (obras en sus domicilios particulares, viajes privados por todo el mundo, las bodas de sus hijas, compra de obras de arte…). Una parte de este desvío fue destinado al pago de comisiones al partido político Convergencia Democrática de Catalunya (CDC) – partido que gobernó en Cataluña durante más de dos décadas en coalición con otro más pequeño – mediante al pago de facturas por servicios no prestados.

La investigación y el correspondiente proceso judicial, que ha durado más de 8 años, ha tenido una amplia repercusión en la opinión pública, sobre todo por sus connotaciones políticas ya que incluía la financiación ilegal de un partido político. Se realizaban donaciones de la empresa constructora Ferrovial – hoy Ferrovial Agroman – a CDC a través del Palau. Nos centraremos en la empresa, cuya actividad abarca desde autopistas y aeropuertos, hasta construcciones y todo tipo de obra pública.

Durante el proceso oral, el 8 de marzo de 2017, Ferrovial Agroman saco una nota de prensa en la que reiteraba su patrocinio “siempre fue público y se obtuvieron las contraprestaciones habituales en este tipo de actividad cultural;  que  las adjudicaciones se realizaron a la oferta con mejor valoración económica y puntuación global;  y  que la compañía practicaba una política de ‘tolerancia cero’  con la corrupción.” Recordaba, además, que el Código de Ética Empresarial de Ferrovial prohíbe a directivos y empleados de la compañía “sobornos a autoridades y funcionarios públicos, dar a terceros o recibir de terceros pagos indebidos de cualquier tipo.” Se afirmaba también que “Ferrovial Agroman siempre confió en los órganos de gestión del Palau de la Música Catalana (Patronato y Comisión de Auditoría), así como en la auditoría externa a la que estaba sometido.” En relación con las adjudicaciones, se afirmaba que éstas, “se realizaron en todos los casos a las ofertas con mejor puntuación global y mejor valoración económica, no habiendo recibido ningún trato de privilegio.”

Sin embargo, la sentencia considera probado el pago de comisiones de Ferrovial a CDC a cambio de adjudicación de obra pública. Desde el partido se pudo influir en quienes tomaban las decisiones de adjudicación. El dinero llegaba a CDC a través de subvenciones de Ferrovial al Palau, con la intervención de sus altos ejecutivos. La comisión que Ferrovial y CDC pactaron era del 4% de las adjudicaciones obtenidas. CDC se quedaba el 2,5% y el 1,5% restante iba a parar a Millet y Montull (el 80% se lo quedaba el presidente del Palau y el 20% el director general). Este acuerdo se mantuvo ininterrumpidamente desde antes de 1999 hasta el 2009. Siempre según la sentencia, la cifra abonada por la empresa fue de, al menos, 6,6 millones de euros, de los cuales Millet y Montull se embolsaron 3,5 millones.

Quienes por aquel entonces eran el director territorial de la constructora y el director de relaciones institucionales de Ferrovial fueron imputados y acusados de administración desleal y tráfico de influencias. El director de relaciones institucionales declaró como testigo en abril de 2011, defendiendo que la constructora patrocinó al Palau para promocionarse e introducirse en la sociedad catalana, pero negando el pago de comisiones. Los tiempos de la justicia jugaron a favor de estos ejecutivos, ya que eludieron sus condenas, a pesar de los hechos probados, porqué éstos ya habían prescrito. En cambio, Millet fue condenado a 9 años y ocho meses de cárcel, Montull a siete años y medio y Gemma Montull, hija de este último y responsable financiera del Palau de la Música, a cuatro años y seis meses de prisión. El extesorero de CDC, Daniel Osàca fue condenado a cuatro años y cinco meses. Todo ello, además de significativas multas. CDC fue condenada a pagar 6,6 millones. Tras conocerse la sentencia, inmediatamente se anunció que sería recurrida ante el Tribunal Supremo de España.

Una pregunta que surge es por qué Ferrovial se prestó a ello, cuando su código no permitía sobornar. Se me ocurren tres hipótesis:

Hipótesis 1. Hicieron caso omiso de su código de conducta, sin más. En este caso, el código sería pura fachada y lo único que contaría sería conseguir adjudicaciones, aun sobornando a funcionarios o políticos si fuera necesario. No conozco otros casos de sobornos en los que haya estado implicado Ferrovial, por lo cual está hipótesis es poco sólida.  Cabe, sin embargo, que este caso fuera una excepción o que los directivos regionales decidieran ignorar el código de conducta de su empresa. En este caso habría que preguntarse por la implementación y seguimeinto que hace la empresa de su código.

Hipótesis 2. Interpretaron de modo muy restrictivo el “código de conducta”, fijándose más en la letra que en la realidad en toda su amplitud. Esto podía dar lugar a considerar que lo que hacían propiamente no era un soborno a funcionarios. Literalmente no pagaron sobornos (directamente) a funcionarios. Las declaraciones del director de relaciones institucionales de Ferrovial responden a esta hipótesis, o sencillamente son mentira. Me temo que el actual redactado del código de Ferrovial puede prestarse a formar una mentalidad legalista, más que formar en la integridad,  ya que las normas anti-corrupción (punto 5.2 del Código actual) se explican en el contexto del cumplimiento de leyes: “Ferrovial exige el cumplimiento de todas las leyes aplicables que prohíben el soborno, en especial el soborno de funcionarios, incluido el Código Penal español (…) u otra legislación de lucha contra la corrupción que pueda resultar de aplicación.”

Hipótesis 3. Pensaron que propiamente no se trataba de un soborno, sino que eran víctimas de una extorsión. Los estudiosos de ética empresarial sabemos bien que existe un tipo de extorsión, con frecuencia tácita, que consiste en exigir de modo sistemático un porcentaje de las adjudicaciones en obra pública para el partido que gobierna. Se sabe que todos lo pagan y que si quieres llevarte un contrato “no tienes más remedio” (es un decir) que pagar. No hay una relación directa entre pago y adjudicación, pero la empresa adjudicataria sabe que antes o después de la adjudicación tiene que contribuir al sostenimiento económico del partido (o a enriquecer a los políticos) a través de donaciones directas o a través de fundaciones u otras entidades que puedan hacerlo llegar al partido. Podría ser este el caso, aunque me gustaría tener más información para sostener esta hipótesis. Si fuera así, Ferrovial y otra empresas del sector tendrían que preguntarse cómo luchar contra tal corrupción.

Sería interesante saber qué ocurrió realmente para hacer recomendaciones a la empresa cara al futuro. Recomendaciones, que se pueden intuir a tenor de lo dicho.