Hace unos años le escuché a un famoso experto de empresa familiar la siguiente definición: Una empresa familiar es aquella que no es capaz de aguantar tres Navidades seguidas sin reparto de dividendos.
La postergación de la entrada en vigor del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital de la que hablábamos en Junio, no nos ha permitido comprobar empíricamente si el experto tenía razón.
De las muchas empresas familiares que yo conozco solo unas pocas cumplirían la definición del mencionado experto y es que además del dividendo financiero existe el dividendo emocional que tiene que ver con el orgullo de pertenencia a una causa común.
Cuando uno está entregado a una causa común la armonía y las buenas relaciones entre los miembros de la familia subsanan aspectos estrictamente crematísticos.
Aprovechando estas fiestas Navideñas quiero desear a todos los lectores una muy feliz Navidad en paz y en compañía de todas vuestras familias.
¡Feliz Navidad!
Estimado Josep, muchas gracias por tus artículos que nos hacen darnos cuenta de cosas que el día a día no nos deja ver. Te deseo a ti y a los tuyos una feliz navidad y un fenomenal año 2013.