Josep M. Canyellas ofrece en su blog algunos comentarios sobre el «caso Urdangarín», desde el punto de vista de la ética (verlo aquí, en catalán). Uno de los puntos que presenta es el la ética de pedir patrocinio a empresas para eventos o actividades, bajo la forma de un consultor privado, pero con el «respaldo»´implícito de la Casa Real. Y esto me lleva al título que pongo a este post.
El caso es más general. Estoy pensando en la gran empresa que lanza una promoción social o un plan de ayuda a alguien necesitado, y acude, claro, a sus clientes, proveedores, empleados, etc., para pedir que colaboren. Con toda libertad, claro. Pero… ¿puede ser uno, de verdad, libre, cuando su principal cliente o el gerente de su empresa le dice que a ver si contribuye,…?
Por supuesto, la empresa (y el jefe) tienen derecho a promover esa actividad social. Pero, a la hora de pedir la cooperación de otros, el cómo es más importante que el qué, el cuánto o el por qué.
Me parece que estamos ante un problema de conflicto de intereses, parecido al que tiene el directivo que está buscando alguien para un puesto de trabajo, y que piensa que su hijo o su nuera sería la persona más idónea (o, simplemente, que se encuentra un día con la solicitud de su hijo o su nuera para una plaza en su empresa). Y, está claro, ese candidato tiene derecho a ser considerado, y sería una injusticia excluirlo por tratarse de quien se trata.
Lo que tiene que hacer el directivo es separarse completamente del proceso de selección del candidato: no solo no votar en el último minuto, sino desaparecer, esfumarse, durante todo el proceso, para dejar a los que tengan que tomar la decisión toda la libertad que el caso necesita. Y aun así no será suficiente, porque esas personas (por ejemplo, el comité de selección de personal) tendrán que convivir durante años con ese directivo, después de haber dicho, quizás, que no a «su» candidato. Lo que añade una condición más a la actitud del directivo en conflicto de intereses: debe proclamar la total independencia de los que deciden, debe exigirla y debe dar ejemplo. Y, si me apuran, en algún caso será bueno que el proceso se lleve a cabo fuera de la empresa, al menos hasta las fases finales. Y, en todo caso, si se contrata al hijo o a la nuera, los argumentos diferenciales deben quedar claramente reflejados -y, en su caso, sometidos a auditoría externa.
¿Que soy quisquilloso hasta el extremo? Sí, ya lo sé. En muchos casos no hará falta tanto. Pero ahora pongámonos en el caso del Director General de una empresa que va a comunicar a sus clientes y proveedores la magnífica acción social que ha decidido desarrollar, y les informa de cómo ellos pueden colaborar, con toda independencia, claro, ¡faltaría más!, pero bueno, recordando lo bueno que es lo que les propone. ¿No les parece a ustedes que aquí el directivo en cuestión debe pasarse, a la hora de «ser bueno y parecerlo»? Y si para ello debe prescindir de su «querido» proyecto social, a lo mejor deberá hacerlo. No prescindir del proyecto, sino del protagonismo, quizás pasándolo a una institución independiente (la fundación de la propia empresa no es suficientemente independiente, me parece), y renunciando a ser él el «alma» del proyecto, para ser, simplemente, un donante más. Y si quiere que los demás colaboren generosamente, bien, pero que cuide mucho las formas.