En un blog anterior discutí «la eutanasia del rentista», es decir, la solución, frecuente en momentos de exceso de deuda (pública o privada), de mantener los tipos de interés muy bajos durante un largo periodo de tiempo, lo que facilita la absorción de la deuda, a costa, eso sí, de la salud financiera de los ahorradores. Pero acabé aquella entrada diciendo que mi comentario necesitaba una segunda vuelta. Este pensamiento me vino dado por la lectura de un Working Paper de la The Caritas in Veritate Foundation titulado «Beyond the Financial Crisis. Towards a Christian Perspective for Action», del que son autores Paul H. Dembinski y Simona Beretta. Por cierto, recomiendo vivamente al lector la lectura de ese Working Paper, que me parece un excelente análisis de las causas profundas de la crisis actual, yendo al fondo de la cuestión: la antropología que subyace en la interpretación económica de la crisis actual.
El comentario que quería hacer se refiere a la relación contractual entre deudores y acreedores. No es, directamente, el tema de mi entrada anterior, en el que me refería a la relación remota entre el que ha gastado menos de lo que ha ingresado y, por tanto, pone esos fondos a disposición del que necesita o desea gastar más de lo que invierta, para, por ejemplo, comprar una casa o llevar a cabo una inversión productiva. Lo que Dembinski y Beretta comentan forma parte de una etapa posterior a aquella relación, en la que el intermediario financiero negocia un contrato de préstamo o crédito con el que recibe los fondos. Ellos señalan que esa es una relación peculiar y compleja, presidida por una asimetría en la distribución del riesgo.
En efecto, el que presta asume el riesgo de que el deudor no devuelva el dinero, pero el deudor asume los riesgos relacionados con el resultado de su proyecto. Este segundo riesgo no se suele tener en cuenta en la relación contractual, que se fija casi exclusivamente en el derecho del acreedor a recuperar su dinero. Nuestros autores mencionan el principio de solidaridad, uno de los principios de la ética cristiana, que implica un cierto compartir los riesgos. Lo que ellos proponen es la necesidad o conveniencia de reestructurar la deuda, cuando han cambiado de manera sustancial las condiciones de partida, sea del deudor como del acreedor. Y argumentan que el deudor ha comprometido, de algún modo, su vida futura al cumplimiento de su obligación, lo que le puede poner en una situación de pobreza por un cambio de circunstancias. Probablemente están pensando en el que suscribió una hipoteca para comprar una casa contando con unos ingresos futuros que luego, por causas ajenas a él mismo, no se producen (por ejemplo, por caer en el desempleo).
Dembinski y Beretta no proponen el perdón de la deuda, que sería, probablemente, injusto, sino la conveniencia de una negociación, también por razones de eficiencia y, como dicen ellos, porque «el sobreendeudamiento de algunos puede romper la comunidad, al excluir a algunos de sus miembros al proteger demasiado a la propiedad». Sí, ya sé que esto no cuadra con los criterios jurídicos vigentes ahora en muchos países, pero lo que ellos están proponiendo es otra forma más humana de llevar a cabo las relaciones financieras, incluyendo que «la renegociación de la deuda debería ser tan frecuente como hiciese falta por los cambios que una y otra parte de la relación puedan experimentar en sus necesidades, situaciones y posibilidades». Y también sé que los acreedores se resistirán, como gato panza arriba, a entrar en ese tipo de renegociaciones. Pero, claro, Dembinski y Beretta están proponiendo algo mucho mejor que la protección indiscutida de los derechos de los acreedores.
Y también es cierto que el Acreedor ya realizó el esfuerzo del ahorro, renunciando a lo que, posiblemente el Deudor, no.Cuando los bancos prestan, son sus ahorradores (y accionistas quienes lo hacen).
No es justo suponer, por tanto, que el interés, por si solo, justifica el riesgo.
De lo contrario, deberíamos aceptar también las desamortizaciones, desde Carlos Martel hasta Mendizábal.
A buen seguro, estaríamos errados.
Tipos bajos, exceso de liquidez, alegría prestamista (y prestataria…).
¿Reestructuración: Ultimo recurso para la recuperación de la deuda o misericordia?
Es la Economía…
Pues he visto (sic) cómo se transformaban préstamos en acciones, he oído hablar de la dación en pago, de cómo la banca es el mayor promotor y/o propietario de suelo …. Y desde pequeño he comprobado cómo no es tan cierto eso de que» el que presta asume el riesgo de que el deudor no devuelva el dinero, pero el deudor asume los riesgos relacionados con el resultado de su proyecto», No es tan cierto, porque antes de conceder un préstamo, se estudia el para qué y si ese para qué permitirá la devolución … los bancarios que no lo hacen podrían dedicarse a otra cosa, porque si no terminamos todos poniendo el dinero vía FGD, Sareb, tipos bajos, etc. Desconozco, por ahora, la experiencia empresaria de Paul H. Dembinski y Simona Beretta: los toros se ven distinto desde la barrera que en el ruedo.