Subsidiaridad (II)

En una entrada anterior comentamos el papel del principio de subsidiaridad en la ética social. Hoy vamos a tratarlo en la ética empresarial o corporativa. Porque también es relevante en ella.

Dijimos que subsidiaridad significa que el superior no debe reemplazar al inferior en sus deberes, a no ser que el inferior no pueda cumplirlos. En la empresa significa que lo que puede hacer el empleado no debe hacerlo el directivo, y que lo que puede hacer una sucursal de la empresa no debe hacerlo la central.

Pero, me dirá el lector, a menudo el directivo está más preparado que el empleado, o la central en mejores condiciones que la sucursal. Puede ser verdad, pero entonces lo que tiene que hacer el superior es ayudar al inferior a hacerlo que debe hacer.

Subsidiaridad en este caso implica co-responsabilidad: el empleado debe sentirse responsable de las acciones que lleva a cabo, sin descargar esa responsabilidad en el directivo, y este debe dejar que sea aquel el que lleve a cabo la acción correcta -y si no lo sabe hacer, debe ayudarle a hacerlo. Es la mejor manera de generar sentido de responsabilidad en todos. Es, pues, una forma de especialización y división del trabajo, que lleva a decisiones mejores con la participación y la cooperación de todos.

One thought on “Subsidiaridad (II)

  1. El mejor ejemplo es un dolor de muelas. Muy personal pero el que se tiene que preocupar para superar el dolor soy yo. Otro me recomendarán dentistas, calmantes, sedantes, etc. que pueden ayudar a resolver más tarde o temprano mi dolor. Pero el interesado soy yo. Lo que está pasando Abtonio es que se acometen empresas sin razón. Al final todos tenemos el olfato de que algo huele mal …

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