Cuando cae en mis manos un trabajo de la profesora María Marta Preziosa, de la Pontificia Universidad Católica de Argentina, suelo ponerlo en el primer plano de mis lecturas pendientes. Hoy traigo a colación un trabajo breve, pero jugoso,titulado «CoC: Clash of Compliance» (aquí), o sea, «conflicto de compliances». Se pregunta: ¿»Qué motivación tengo para cumplirla? (…) ¿Qué priorizo al cumplir -o no cumplir- esta norma? ¿Qué protejo al cumplirla?«. Y señala «dos valores o presupuestos culturales que observo subyacen a Compliance en el lugar de origen: colectivismo y reputación.» Me fijaré aquí en el colectivismo, con palabras de la profesora Preziosa.
«A la gente le sorprende que el entrenamiento en compliance los haga partícipes del destino legal de la empresa (…) Si bien siempre supusimos que el individualismo es la base fundante del capitalismo, sorprende saber que desde fines del siglo XIX la empresa ha sido considerada un sujeto colectivo. Desde el comienzo de la existencia de las corporaciones que cotizan en bolsa, el derecho anglosajón considera que la empresa es un agente o sujeto colectivo que toma decisiones morales. Compliance está más ligado a una cultura colectivista que a una individualista. Compliance está relacionado a un tipo de gestión donde se privilegian los resultados institucionales por sobre las libertades individuales. En este marco se espera, tanto que el individuo actúe confiando en algo que está más allá de sí mismo, como que el que gobierna se considere al servicio del sujeto colectivo y no un privilegiado. Stewardship es el sustantivo inglés más arcaico usado como sinónimo de management«.
Me parece que es verdad: hemos importado la idea de la empresa como agente que actúa, y que tiene derecho a protegerse de los desmanes de las personas que trabajan en ella. O, con una interpretación menos benévola, lo que hacemos es proteger a los que mandan de los errores de sus subordinados, errores que, por cierto, suelen tener que ver con la estrategia de la empresa y los incentivos que crea.
Seguiré otro día.
Muy buen articulo….muy de acuerdo!!
La compliance es buena cuando favorece la sincronía y negativa cuando favorece la entropía, o sea cuando destruye la sincronía. No es solo entropía física sino moral, es decir de Largo o consistente (según JAPL)
A los lectores de este post puede interesarles mi art’iculo «¿Basta con compliance?» que analiza las diferencias entre RSE y su subproducto «compliance» y los riesgos, fatales, de esta último. Leer en http://bit.ly/2XXvF7s