¿Es suficiente la ética personal? (I)

En un comité ético de una organización en el que participo enunciamos hace tiempo un principio que nos pareció claro para resolver los problemas de conflicto de intereses -es decir, los que se presentan cuando una persona tiene que tomar una decisión dentro de una organización acerca de cuya decisión tiene intereses personales que están o pueden estar en conflicto con los intereses de la organización. El principio lo enunciamos así: no importa con quién se contrata, sino cómo se contrata. O sea: no importa que el director de personal se plantee contratar su yerno para un puesto directivo, lo que es un claro conflicto de intereses; lo importante es si ese candidato es el mejor, si el proceso de estudio del caso se lleva a cabo con objetividad e independencia, y si los que deciden toman la decisión considerando ante todo el bien de la organización, no el de la familia del director de personal. Y, en particular, que el director de personal debe echarse a un lado, y dejar que otros, quizás incluso un experto externo, tomen la decisión. Porque, por mucho que quiera, difícilmente será objetivo en un asunto en que se mezcla el trabajo y la familia.

Cuando enunciamos ese principio sabíamos que algunos pensarían que no era éticamente correcto. Conocíamos bien que, si la opinión pública se enteraba de esa contratación del yerno del directivo, saltarían inmediatamente las alarmas: ¡conflicto de intereses!, ¡alguien está atentando contra la organización para obtener un beneficio personal! Pero nos parecía que nuestro criterio era mejor, para tomar una decisión que respetase el derecho del yerno a tener un contrato y el derecho de la organización a contratar al mejor directivo para ese puesto.

Me vino esto a la memoria al leer un artículo de Daniel Innerarity en Letras Libres (aquí), titulado «La revolución pendiente de la ética». Innerarity llama la atención sobre la frecuente invocación de la ética personal ante casos como el que he presentado más arriba, o, por ejemplo, ante situaciones de corrupción. En este punto, estoy de acuerdo con él. Primero, porque, en asuntos que afectan a una organización o a toda la sociedad, es muy difícil discernir cuál es la conducta adecuada desde el punto de vista de la ética personal, porque hay muchas implicaciones, consecuencias que se escapan a nuestro control, situaciones complejas en las que es muy difícil precisar cuál es la conducta adecuada. En  estos casos, seguir una regla de ética social garantiza mejores resultados. Esa regla puede ser: «en caso de conflicto de intereses, el que toma la decisión debe separarse totalmente del asunto» y «los que tienen que estudiar y decidir el caso deben comportarse de acuerdo con criterios objetivos», como los mencionados antes de predominio de los intereses de la organización, mejores condiciones del candidato, etc.

Bien, pero… ¿eso es todo? Seguiremos otro día.

Antonio Argandoña es Profesor Emérito de Economía del IESE.

2 thoughts on “¿Es suficiente la ética personal? (I)

  1. Saludo desde venezuela profesor, lo admiro mucho estamos pasando por situaciones complicadas en este pais y me alegra saber que sigue publicando contenido continuamente.

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